Guatemala: Icefi considera que alteraciones presupuestarias introducidas en el decreto de ratificación del estado de calamidad son antitécnicas y posiblemente inconstitucionales
El Instituto Centroamericano de Estudios Fiscales (Icefi) rechazó las modificaciones presupuestarias que la alianza oficialista en el Congreso de la República introdujo en el Decreto número 50-2022,[1] con el cual ratificó el Estado de Calamidad en todo el territorio nacional, declarado por el Organismo Ejecutivo mediante el Decreto Gubernativo número 5-2022.[2]
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El decreto gubernativo original del Ejecutivo ha sido motivo de críticas, por haber sido declarado en todo el territorio nacional, cuando, en todo caso, las áreas afectadas se registraron solo en algunos departamentos. Además, al impactar a Guatemala, el fenómeno Julia se había degradado a depresión tropical, y afortunadamente, se disipó más rápido de lo que se temía, por lo que se debieron reevaluar los riesgos asociados y los daños causados por al impacto de este fenómeno natural, y reconsiderar la necesidad de la declaratoria de un estado de excepción. Estas condiciones no justificaban haber limitado temporalmente los derechos constitucionales de libertad de acción, libertad de locomoción y de huelga. Además, como la historia lo ha mostrado de manera reiterada, la autorización para la adquisición de bienes, obras, servicios y suministros en general, contrataciones para inversión, ejecución y supervisión de obras, exentos de los controles de la Ley de Contrataciones del Estado, es una disposición en extremo riesgosa de abusos y actos de corrupción.
El Icefi lamenta que la alianza oficialista en el Congreso de la República, no solo no permitió una discusión y análisis adecuado de estas críticas, sino que, además, en el decreto de ratificación introdujo sin la debida justificación técnica o jurídica las siguientes alteraciones graves que empeoraron la declaratoria del estado de calamidad:
- Suprimió la limitación al derecho constitucional de tenencia y portación de armas que originalmente había declarado el Ejecutivo, pero mantuvo la limitación a los demás derechos constitucionales.
- Modificó el Decreto del Congreso de la República número 16-2021, Ley del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 2022, adicionando un artículo en el que faculta al Ministerio de Finanzas Públicas (Minfin), incrementar la asignación al Fondo Emergente establecido en el artículo 104, por hasta Q540.0 millones, debitándolos de la ampliación al presupuesto del Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda (CIV) de Q3,191.2 millones aprobada en el Decreto del Congreso de la República número 21-2022, Ley para Fortalecer el Mantenimiento y Construcción de Infraestructura Estratégica. Esta disposición confirma las críticas con las cuales en marzo de 2022 el Icefi[3] y otras entidades advirtieron sobre consecuencias negativas de esa ampliación presupuestaria, incluyendo la incapacidad del CIV para ejecutarlas en 2022 y el riesgo de abusos, anomalías y actos de corrupción.
- Modificó el Decreto del Congreso de la República número 21-2022, Ley para Fortalecer el Mantenimiento y Construcción de Infraestructura Estratégica, adicionando dos artículos en los que faculta al CIV reducir o readecuar su presupuesto para operar la disposición detallada en el numeral anterior.
- Facultó al Ministerio de la Defensa Nacional (Mindef) para poner a disposición los saldos no ejecutados de su presupuesto vigente 2022 que se le habían asignado para atender el estado de calamidad declarado por el Ejecutivo con el Decreto Gubernativo número 3-2022 y ratificado por el Congreso de la República con el decreto número 35-2022. Esta disposición confirma las críticas en cuanto a que las entidades del Ejecutivo, en este caso el Mindef, carecen de la capacidad para ejecutar los presupuestos asignados en los estados de excepción, o que estas asignaciones presupuestarias en realidad no son pertinentes ni necesarias.
Además del carácter antitécnico desde el punto de vista administrativo presupuestario de estas medidas, el Icefi expresó preocupación porque las disposiciones en los numerales 2 y 3 anteriores puedan ser inconstitucionales, toda vez en su jurisprudencia, la Corte de Constitucionalidad (CC) ha rechazado las reformas a la legislación ordinaria incluidas en los decretos con los que se ratifican los estados de excepción. Puesto que este decreto no está sujeto a sanción del Ejecutivo, y, por lo tanto, el presidente de la República no lo puede vetar, el Icefi espera que la CC lo pueda conocer y, de confirmarse este criterio, decretarlo inconstitucional.
Finalmente, el Icefi se suma a las voces ciudadanas que rechazan la manipulación de los estados de excepción regulados por la Ley de Orden Público, de emergencias y situaciones catastróficas, con la finalidad de malversar el presupuesto público o relajar los controles anticorrupción y de transparencia. Además, insta al Congreso de la República a corregir sus actuaciones recientes, y cumplir su obligación de representar legítimamente a la ciudadanía, permitiendo la discusión abierta, inclusiva y transparente de las iniciativas de ley que conoce, previo a aprobarlas.
[1] Disponible en línea en https://www.congreso.gob.gt/detalle_pdf/decretos/13602
[2] Disponible en línea en https://www.minfin.gob.gt/images/tablero-52022/documentos/base_legal/base_legal.pdf
[3] Véase el comunicado del Icefi GT-04-2022, publicado el 15 de marzo de 2022, disponible en línea en: https://www.icefi.org/sites/default/files/comunicado_icefi_ampliacion_presupuesto_civ_iniciativa_6043.pdf